Se denomina audiencia pública a la instancia de participación habilitada por la autoridad responsable, ya sea por iniciativa propia o a pedido de la ciudadanía, para atender pronunciamientos o peticiones ciudadanas y para fundamentar decisiones o acciones de gobierno. Las audiencias públicas serán convocadas obligatoriamente, en el nivel de gobierno cantonal.
La ciudadanía podrá solicitar audiencia pública a las autoridades, a fin de:
Resoluciones de las audiencias públicas Los resultados alcanzados en las audiencias públicas deberán ser oportunamente difundidos para que la ciudadanía pueda hacer su seguimiento.
El mecanismo de audiencia pública se detalla en el capítulo V de “La ordenanza que conforma y norma el funcionamiento del sistema de participación ciudadana del cantón Cascales”.
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